
lunes, 14 de diciembre de 2009
martes, 20 de octubre de 2009
LEY Nº 14.908, SOBRE ABANDONO DE FAMILIA Y PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS.
el juez de familia del domicilio del alimentante o del
alimentario, a elección de este último, los que se
tramitarán conforme a las normas del procedimiento
ordinario establecido en la ley que crea los juzgados
de familia en lo no previsto por este cuerpo legal.
La prueba será apreciada según
las reglas de la sana crítica.
Las apelaciones que se deduzcan se concederán en
el solo efecto devolutivo.
Art. 2º De los juicios de alimentos que se deban
a menores, al cónyuge del alimentante cuando éste los
solicitare conjuntamente con sus hijos menores, o a
parientes mayores y menores de edad que los reclamaren
conjuntamente, conocerá el juez de letras de menores del
domicilio del alimentante o del alimentario a elección de
este último. Dicha competencia no se verá alterada por
llegar el menor a la mayoría de edad mientras el juicio
se encontrare pendiente.
Será competente para conocer de las demandas de
aumento, rebaja o cese de la pensión alimenticia el
mismo juez que decretó la pensión.
La madre podrá solicitar alimentos para el hijo
que está por nacer. Se aplicarán en este caso las reglas
previstas para los alimentarios menores de edad.
INCISO DEROGADO
La demanda podrá omitir la indicación del
domicilio del demandado si éste no se conociera. En
este caso, y en aquél en que el demandado no fuera
habido en el domicilio señalado en la demanda, el juez
deberá adoptar todas las medidas necesarias para
determinar, en el más breve plazo, su domicilio actual.
Art. 3º Para los efectos de decretar los alimentos
cuando un menor los solicitare de su padre o madre, se
presumirá que el alimentante tiene los medios para
otorgarlos.
En virtud de esta presunción, el monto mínimo de
la pensión alimenticia que se decrete a favor de
un menor alimentario no podrá ser inferior al cuarenta
por ciento del ingreso mínimo remuneracional que
corresponda según la edad del alimentante. Tratándose de
dos o más menores, dicho monto no podrá ser inferior al
30% por cada uno de ellos.
Todo lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto
en el inciso primero del artículo 7º de la presente ley.
Si el alimentante justificare ante el tribunal que
carece de los medios para pagar el monto mínimo
establecido en el inciso anterior, el juez podrá
rebajarlo prudencialmente.
Cuando los alimentos decretados no fueren pagados
o no fueren suficientes para solventar las necesidades
del hijo, el alimentario podrá demandar a los abuelos,
de conformidad con lo que establece el artículo 232 del
Código Civil.
Art. 4º DEROGADO
Art. 5º En los juicios en que se solicitaren
alimentos en favor de los hijos menores del demandado,
siempre que exista fundamento plausible del derecho que
se reclama, el juez deberá decretar los alimentos
provisorios que correspondan, una vez transcurrido el
término de diez días contados desde la fecha de
notificación de la demanda.
Para estos efectos, se entenderá que existe
fundamento plausible cuando se hubiere acreditado el
título que habilita para pedir alimentos y no exista
una manifiesta incapacidad para proveer.
Dentro del término a que hace referencia el inciso
primero, el demandado podrá exponer al tribunal los
argumentos que estimare pertinentes respecto de la
procedencia de los alimentos provisionales y acompañar
los antecedentes en que se fundare. En la notificación
de la demanda deberá informársele sobre esta facultad.
Dicha presentación en modo alguno interrumpirá el curso
del procedimiento ni será obstáculo para contestar la
demanda en la oportunidad procesal que corresponda.
En todo caso, el tribunal deberá, de oficio,
pronunciarse sobre los alimentos provisorios, sea que
el demandado haya deducido observaciones o haya dejado
transcurrir el término a que se refiere el inciso
primero.
La resolución que se pronuncie sobre estos
alimentos se notificará por carta certificada. Esta
notificación se entenderá practicada el tercer día
siguiente a aquél en que haya sido expedida la carta.
Podrá también el juez acceder provisionalmente a
la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión
alimenticia, cuando estime que existen antecedentes
suficientes que lo justifiquen. La solicitud
correspondiente se tramitará como incidente.
La resolución que decretare los alimentos
provisorios o la que se pronunciare provisionalmente
sobre la solicitud de aumento, rebaja o cese de una
pensión alimenticia, será susceptible del recurso de
reposición con apelación subsidiaria, la que se
concederá en el solo efecto devolutivo y gozará de
preferencia para su vista y fallo.
Art. 6º Las medidas precautorias en estos juicios
podrán decretarse por el monto y en la forma que el
tribunal determine de acuerdo con las circunstancias del
caso.
Toda resolución que fije una pensión de alimentos
deberá determinar el monto y lugar de pago de la misma.
Art. 7º. El tribunal no podrá fijar como monto de
la pensión una suma o porcentaje que exceda del cincuenta
por ciento de las rentas del alimentante.
Las asignaciones por "carga de familia" no se
considerarán para los efectos de calcular esta renta y
corresponderán, en todo caso, a la persona que causa la
asignación y serán inembargables por terceros.
Cuando la pensión alimenticia no se fije en un
porcentaje de los ingresos del alimentante, ni en
ingresos mínimos, ni en otros valores reajustables,
sino en una suma determinada, ésta se reajustará
semestralmente de acuerdo al alza que haya experimentado
el Indice de Precios al Consumidor fijado por el
Instituto Nacional de Estadísticas, o el organismo que
haga sus veces, desde el mes siguiente a aquél en que
quedó ejecutoriada la resolución que determina el
monto de la pensión.
El Secretario del Tribunal, a requerimiento del
alimentario, procederá a reliquidar la pensión
alimenticia, de acuerdo con lo establecido en el
inciso anterior.
INCISO DEROGADO
Art. 8º Las resoluciones judiciales que ordenen el
pago de una pensión alimenticia por un trabajador
dependiente establecerán, como modalidad de pago, la
retención por parte del empleador. La resolución judicial
que así lo ordene se notificará a la persona natural o
jurídica que, por cuenta propia o ajena o en el desempeño
de un empleo o cargo, deba pagar al alimentante su
sueldo, salario o cualquier otra prestación en dinero,
a fin de que retenga y entregue la suma o cuotas
periódicas fijadas en ella directamente al alimentario,
a su representante legal, o a la persona a cuyo cuidado
esté.
La notificación de las resoluciones a que se
refiere el inciso anterior se efectuará por carta
certificada, dejándose testimonio en el proceso
de que la persona fue notificada por este medio, de
la fecha de entrega de la carta a la oficina de
correos, la individualización de dicha oficina y el
número de comprobante emitido por ella, el cual se
adherirá al proceso a continuación del testimonio.
La notificación se entenderá practicada al tercero día
hábil siguiente a la fecha recién aludida. Si la carta
certificada fuere devuelta por la oficina de correos por
no haberse podido entregar al destinatario, se adherirá
al expediente.
El demandado dependiente podrá solicitar al juez,
por una sola vez, en cualquier estado del juicio y antes
de la dictación de la sentencia, que sustituya, por
otra modalidad de pago, la retención por parte del
empleador.
La solicitud respectiva se tramitará como
incidente. En caso de ser acogida, la modalidad de pago
decretada quedará sujeta a la condición de su íntegro
y oportuno cumplimiento.
De existir incumplimiento, el juez, de oficio, y
sin perjuicio de las sanciones y apremios que sean
pertinentes, ordenará que en lo sucesivo la pensión
alimenticia decretada se pague conforme al inciso
primero.
Art. 9º. El juez podrá decretar o aprobar que se
imputen, parcial o totalmente, al pago de la pensión las
prestaciones determinadas que efectúe el alimentante con
ocasión de la educación, salud, vivienda, alimentación,
vestuario, recreación u otras necesidades del alimentario.
El juez podrá también fijar o aprobar que la
pensión alimenticia se impute total o parcialmente a un
derecho de usufructo, uso o habitación sobre bienes del
alimentante, quien no podrá enajenarlos ni gravarlos sin
autorización del juez. Si se tratare de un bien raíz, la
resolución judicial servirá de título para inscribir los
derechos reales y la prohibición de enajenar o gravar en
los registros correspondientes del Conservador de Bienes
Raíces. Podrá requerir estas inscripciones el propio
alimentario.
La constitución de los mencionados derechos reales
no perjudicará a los acreedores del alimentante cuyos
créditos tengan una causa anterior a su inscripción.
En estos casos, el usufructuario, el usuario y el
que goce del derecho de habitación estarán exentos de
las obligaciones que para ellos establecen los
artículos 775 y 813 del Código Civil, respectivamente,
estando sólo obligados a confeccionar un inventario
simple. Se aplicarán al usufructuario las normas de
los artículos 819, inciso primero, y 2466, inciso
tercero, del Código Civil.
Cuando el cónyuge alimentario tenga derecho a
solicitar, para sí o para sus hijos menores, la
constitución de un usufructo, uso o habitación en
conformidad a este artículo, no podrá pedir la que
establece el artículo 147 del Código Civil respecto de
los mismos bienes.
El no pago de la pensión así decretada o acordada
hará incurrir al alimentante en los apremios
establecidos en esta ley y, en el caso del derecho de
habitación o usufructo recaído sobre inmuebles, se
incurrirá en dichos apremios aun antes de haberse
efectuado la inscripción a que se refiere el inciso
segundo.
Art. 10. El juez podrá también ordenar que el
deudor garantice el cumplimiento de la obligación
alimenticia con una hipoteca o prenda sobre bienes del
alimentante o con otra forma de caución.
Lo ordenará especialmente si hubiere motivo
fundado para estimar que el alimentante se ausentará
del país. Mientras no rinda la caución ordenada, que
deberá considerar el periodo estimado de ausencia, el
juez decretará el arraigo del alimentante, el que
quedará sin efecto por la constitución de la caución,
debiendo el juez comunicar este hecho de inmediato a
la misma autoridad policial a quien impartió la orden,
sin más trámite.
Art. 11. Toda resolución judicial que fijare una
pensión alimenticia, o que aprobare una transacción bajo
las condiciones establecidas en el inciso tercero,
tendrá mérito ejecutivo. Será competente para conocer
de la ejecución el tribunal que la dictó en única o en
primera instancia o el del nuevo domicilio del
alimentario.
En las transacciones sobre alimentos futuros
tendrán la calidad de ministros de fe, además de
aquellos señalados en otras disposiciones legales, los
Abogados Jefes o Coordinadores de los Consultorios de
la respectiva Corporación de Asistencia Judicial, para
el solo efecto de autorizar las firmas que se estamparen
en su presencia.
El juez sólo podrá dar su aprobación a las
transacciones sobre alimentos futuros, a que hace
referencia el artículo 2.451 del Código Civil, cuando
se señalare en ellas la fecha y lugar de pago de la
pensión, y el monto acordado no sea inferior al
establecido en el artículo 3º de la presente ley. La
mención de la fecha y lugar de pago de la pensión será
necesaria, asimismo, para que el tribunal apruebe los
avenimientos sobre alimentos futuros.
Salvo estipulación en contrario, tratándose de
alimentantes que sean trabajadores dependientes, el
juez ordenará como modalidad de pago de la pensión
acordada la retención por parte del empleador.
Esta modalidad de pago se decretará, sin más
trámite, toda vez que el alimentante no cumpla con la
obligación alimenticia acordada.
Art. 12 El requerimiento de pago se notificará al
ejecutado en la forma establecida en los incisos primero
y segundo del artículo 23 de la ley que crea los
juzgados de familia.
Solamente será admisible la excepción de pago y
siempre que se funde en un antecedente escrito.
Si no se opusieran excepciones en el plazo legal,
se omitirá la sentencia y bastará el mandamiento para
que el acreedor haga uso de su derecho en conformidad al
procedimiento de apremio del juicio ejecutivo.
Si las excepciones opuestas fueren inadmisibles, el
tribunal lo declarará así y ordenará seguir la ejecución
adelante.
El mandamiento de embargo que se despache para el
pago de la primera pensión alimenticia será suficiente
para el pago de cada una de las venideras, sin necesidad
de nuevo requerimiento; pero si no se efectuara
oportunamente el pago de una o más pensiones, deberá, en
cada caso, notificarse por carta certificada el
mandamiento, pudiendo el demandado oponer excepción
de pago dentro del término legal a contar de la
notificación.
Art. 13. Si la persona natural o jurídica que deba
hacer la retención a que se refiere el artículo 8º,
desobedeciere la respectiva orden judicial, incurrirá
en multa, a beneficio fiscal, equivalente al doble de
la cantidad mandada retener, lo que no obsta para que
se despache en su contra o en contra del alimentante
el mandamiento de ejecución que corresponda.
La multa se decretará incidentalmente por el
tribunal que conoció del juicio de alimentos en primera
o en única instancia, y la resolución que la imponga
tendrá mérito ejecutivo una vez ejecutoriada.
El empleador deberá dar cuenta al tribunal del
término de la relación laboral con el alimentante. En
caso de incumplimiento, el tribunal determinará la
responsabilidad de aquél en el hecho y aplicará, si
correspondiere, la sanción establecida en los incisos
precedentes. La notificación a que se refiere el
artículo 8° deberá expresar dicha circunstancia.
En caso de que sea procedente el pago de la
indemnización sustitutiva del aviso previo a que se
refieren los artículos 161 y 162 del Código del Trabajo,
será obligación del empleador retener de ella la suma
equivalente a la pensión alimenticia del mes siguiente
a la fecha de término de la relación laboral, para su
pago al alimentario.
Asimismo, si fuere procedente la indemnización
por años de servicio a que hace referencia el artículo
163 del Código del Trabajo, o se pactare ésta
voluntariamente, el empleador estará obligado a retener
del total de dicha indemnización el porcentaje que
corresponda al monto de la pensión de alimentos en el
ingreso mensual del trabajador, con el objeto de
realizar el pago al alimentario. El alimentante podrá,
en todo caso, imputar el monto retenido y pagado a las
pensiones futuras que se devenguen.
Art. 14. Si decretados los alimentos por resolución
que cause ejecutoria en favor del cónyuge, de los
padres, de los hijos o del adoptado, el alimentante no
hubiere cumplido su obligación en la forma pactada u
ordenada o hubiere dejado de pagar una o más cuotas, el
tribunal que dictó la resolución deberá, a petición de
parte o de oficio y sin más trámite, imponer al deudor
como medida de apremio, el arresto nocturno entre las
veintidós horas de cada día hasta las seis horas del
día siguiente, hasta por quince días. El juez podrá
repetir esta medida hasta obtener el íntegro pago de
la obligación.
Si el alimentante infringiere el arresto nocturno
o persistiere en el incumplimiento de la obligación
alimenticia después de dos periodos de arresto nocturno,
el juez podrá apremiarlo con arresto hasta por quince
días. En caso de que procedan nuevos apremios, podrá
ampliar el arresto hasta por 30 días.
Para los efectos de los incisos anteriores, el
tribunal que dictare el apremio ordenará a la fuerza
pública que conduzca al alimentante directamente ante
Gendarmería de Chile, a fin de darle cumplimiento. Si
el alimentante no fuere habido en el domicilio que
consta en el proceso, el juez adoptará todas las medidas
necesarias para hacer efectivo el apremio.
En caso de que fuere necesario decretar dos o más
apremios por la falta de pago de unas mismas cuotas,
las pensiones alimenticias atrasadas devengarán el
interés corriente entre la fecha de vencimiento de la
respectiva cuota y la del pago efectivo.
En las situaciones contempladas en este artículo,
el juez dictará también orden de arraigo en contra del
alimentante, la que permanecerá vigente hasta que se
efectúe el pago de lo adeudado. Para estos efectos, las
órdenes de apremio y de arraigo expresarán el monto de
la deuda, y podrá recibir válidamente el pago la unidad
policial que les dé cumplimiento, debiendo entregar
comprobante al deudor. Esta disposición se aplicará
asimismo en el caso del arraigo a que se refiere el
artículo 10.
Si el alimentante justificare ante el tribunal que
carece de los medios necesarios para el pago de su
obligación alimenticia, podrá suspenderse el apremio y
el arraigo, y no tendrá aplicación lo dispuesto en el
inciso cuarto. Igual decisión podrá adoptar el tribunal,
de oficio, a petición de parte o de Gendarmería de
Chile, en caso de enfermedad, invalidez, embarazo y
puerperio que tengan lugar entre las seis semanas
antes del parto y doce semanas después de él, o de
circunstancias extraordinarias que impidieren el
cumplimiento del apremio o lo transformaren en
extremadamente grave.
Art. 15. El apremio regulado en el artículo
precedente se aplicará al que, estando obligado a
prestar alimentos a las personas mencionadas en dicha
disposición, ponga término a la relación laboral por
renuncia voluntaria o mutuo acuerdo con el empleador,
sin causa justificada, después de la notificación de la
demanda y carezca de rentas que sean suficientes para
poder cumplir la obligación alimenticia.
Art. 16. DEROGADO
Art. 17. DEROGADO
Art. 18. Serán solidariamente responsables del pago
de la obligación alimenticia quien viviere en
concubinato con el padre, madre o cónyuge alimentante, y
los que, sin derecho para ello, dificultaren o
imposibilitaren el fiel y oportuno cumplimiento de dicha
obligación.
Art. 19. Si constare en el proceso que en
contra del alimentante se hubiere decretado dos veces
alguno de los apremios señalados en el artículo 14,
procederá en su caso, ante el tribunal que corresponda
y siempre a petición del titular de la acción
respectiva, lo siguiente:
1. Decretar la separación de bienes de los cónyuges.
2. Autorizar a la mujer para actuar conforme a lo
dispuesto en el inciso segundo del artículo 138 del
Código Civil, sin que sea necesario acreditar el
perjuicio a que se refiere dicho inciso.
La circunstancia señalada en el inciso anterior
será especialmente considerada para resolver sobre:
a) La autorización para la salida del país de los
hijos menores de edad.
b) La falta de contribución a que hace referencia
el artículo 225 del Código Civil.
c) La emancipación judicial por abandono del hijo
a que se refiere el artículo 271, número 2, del Código
Civil.
Art. 20. DEROGADO
miércoles, 17 de junio de 2009
Escuchar música y consumir drogas activan las mismas zonas cerebrales

Fuente: latercera.com/Wikipedia.
La biología humana tiene todo calculado. Cada vez que se satisface alguna necesidad, en el cerebro se activa un sector especial donde emanan químicos que hacen sentir placer. Y es necesario sentirlo, porque así el organismo se da cuenta de que la necesidad ya está resuelta y luego se calma.
Hay muchos otros factores que activan este centro cerebral de la recompensa, como el ejercicio, el amor o las drogas. Al igual que escuchar una música favorita.
Así lo descubrieron investigadores canadienses del Instituto Neurológico de Montreal y de la U. McGill, que señalan que escuchar una canción o melodía activa las mismas zonas del cerebro que se accionan con el uso de drogas como la cocaína. Según los investigadores, ya se había especulado que escuchar música involucraba a este sistema, llamado dopaminérgico, pero esta es la primera vez que se prueba de manera directa.
CANCIÓN FAVORITA
Los investigadores Mitchel Benovoy y Valorie Salimpoor realizaron una prueba a 10 personas. A cada una de ellas les pusieron música de su gusto y otra que a ellos les era indiferente. Luego, midieron las zonas de su cerebro que se activaban cuando escuchaban las distintas canciones.
Con la tecnología de tomografía de emisión de positrones, además de imágenes de resonancia magnética funcional -que miden la actividad neuronal de diferentes regiones- comprobaron que la música que les provocaba "escalofríos" de placer activaban los ganglios basales -el núcleo caudado, putamen y accumbens-. Estas, dicen los autores, son las mismas zonas que se activan con ciertas drogas como la cocaína.
MÚSICA ADICTIVA
Al escuchar una buena canción, se activan los centros del placer y eso explica que se quiera volver a escuchar. Pero tal "adicción" no se compara con la que generan las drogas.
Como explica Pedro Maldonado, neurofisiólogo de la U. de Chile, el placer que se experimenta con la música se basa en un proceso fisiológico normal. Es el organismo el que permite que esto ocurra, simplemente por tener acceso a un estímulo melódico. En el caso de las drogas, hay un fenómeno farmacológico detrás que fuerza al cerebro a intensificar su centro del placer. Es una manipulación química forzada y, con ello, el cerebro se ve obligado a compensar ese proceso: como no fue el mismo organismo el que originó el placer -sino una droga- el cerebro necesita volver a la normalidad cuando se acaba el efecto y por eso se genera la adicción.
En un proceso fisiológico normal de placer, se liberan los neurotransmisores conocidos como dopaminas. Luego, cuando ya se obtuvo cierto estado o cuando se cumplió la necesidad, hay receptores en las neuronas que vuelven a absorber esa dopamina. Si no fuera así,, dicen los expertos, se querría siempre más placer. Y eso no pasa con las drogas, pues la cocaína, de hecho, bloquea ciertos receptores en las neuronas que impiden absorber la dopamina descargada. El resultado es una concentración dopamínica muy elevada, lo que a su vez provoca un incremento generalizado en el cerebro y se genera una euforia elevada y, luego, la necesidad de querer más y más.
OTROS EFECTOS DE LA MÚSICA
Existen beneficios que provienen de la música. Un estudio de la U. de McMaster, Canadá, descubrió que los niños que practican música mejoran su rendimiento intelectual. Ello, ya que al diferenciar un sonido, mantener la atención en él y reproducirlo, se fortalecen las conexiones neuronales.
Otro estudio realizado en Cleveland (EEUU) en más de 500 pacientes hospitalarios, comprobó que el dolor postoperatorio se reduce significativamente en enfermos que se exponen a música relajante. Además, se ha demostrado que la música ayuda al desarrollo de habilidades matemáticas y de pensamiento lógico.
martes, 16 de junio de 2009
Los guerreros de terracota podrán mostrar por fin sus colores.
Fuente: latercera.com/Wikipedia
Un grupo de arqueólogos chinos reinició, 20 años después de empezados, los trabajos de excavación en el yacimiento del famoso ejército de terracota, dotados con tecnología que preservará los colores originales de las esculturas de 2.000 años de antigüedad.
El equipo trabajará en el área 1, la principal del yacimiento, cercano a la ciudad de Xian. La agencia de noticias Xinhua dijo que del yacimiento se habían extraído ya más de 1.000 figuras de terracota, pero se cree que guarda unas 6.000.
Las autoridades dieron el permiso para que se retomaran las excavaciones tras dos décadas gracias a los avances tecnológicos que asegurarán que los guerreros aún sepultados mantendrán sus colores originales una vez que se expongan al aire.
"Hay color aquí, en la pupila y en esta parte de la mejilla y en la frente se puede ver el color del cabello", dijo un arqueólogo que trabaja en el lugar al mostrar los colores extintos en el rostro de un guerrero recientemente descubierto.
Imágenes de televisión mostraron a los arqueólogos retirando meticulosamente tierra de los cuerpos de soldados y caballos. Casi ninguna de las figuras permanecía intactas puesto que los túneles en los que estaba el ejército se habían derrumbado.
Muchos esperan que las nuevas excavaciones revelen también a un oficial de alto rango entre los arqueros, infantería y conductores de cuadrigas, dijo Xinhua. Hasta ahora, sólo se han encontrado diez "generales" y ninguno en el área 1.
Datado de aproximadamente el año 210 antes de Cristo, el ejército de terracota fue elaborado durante el reinado del emperador Qin, que ordenó que las figuras de tamaño real fueran sepultadas en tumbas alrededor de la suya en el condado de Lington, cerca de Xian.
El Ejército fue creado para ayudar al emperador en la vida después de la muerte. Los registros chinos dicen que el lugar fue descubierto en 1974 por agricultores que cavaban un pozo.
Hallan bacteria que explicaría la supervivencia de vida en otros planetas
Luego de 120 mil años de un profundo sueño autoinducido, científicos de la Universidad de Pensilvania lograron hacer despertar una bacteria que podría ser clave para entender la existencia de vida fuera del planeta Tierra.
El organismo llamado Herminiimonas glaciei fue encontrado bajo tres kilómetros de hielo en Groenlandia, donde la escasez de alimento, las temperaturas que rodeaban los 56 grados bajo cero, la alta presión recibida y el poco oxígeno hacían de sus supervivencia algo poco probable.
Pero luego de once meses en los que la bacteria fue sometida a diferentes estímulos de calor, la H. glaciei revivió y se conviritió rápidamente en una colonia. Este especimen habría aprovechado su tamaño 10 veces menor que el de la E. Coli para reducir su ingesta de nutrientes y alterar su metabolismo, permitiéndole estar perfectamente conservada hasta el día de hoy.
Según el estudio publicado en la revista International Journal and Systematic and Evolutionary Microbiology, la mayoría de la vida sobre el planeta ha consistido precisamente en microoganismos, por lo cual sería razonable pensar que esto ocurre fuera de la Tierra, siendo esta experiencia una de las posibles explicaciones para la supervivencia en ambientes hostiles.
La H. glaciei es la única bacteria de su tipo encontrada en Groenlandia y su descubrimiento reafirma la tesis de que las bajas temperaturas son esenciales para la conservación de células y ácidos nucleicos durante millones de años.
Investigadores encuentran primer hueso de un neandertal en el fondo marino.
Fuente: latercera.com/Wikipedia.
El primer fósil de neandertal recogido desde el fondo marino fue encontrado en las aguas del Mar del Norte, frente a la costa de Holanda, según presentó el día de hoy el Instituto Max Planck de Alemania.
Los restos pertenecieron a un adulto joven que habitó en la Tierra entre 30.000 y 60.000 años atrás, fue hallado junto a huesos de otros animales y utensilios como hachas y cuchillos a unos 15 kilómetros del borde costero holandés. La forma del cráneo pudo confirmar, además, que se trataba de una especie carnívora, tal como se sabe que el comportamiento del neandertal en su época.
El sitio del hallazgo es conocido como Zeeland Riges y es una de las mayores colecciones de restos de especies prehistóricas bajo el mar, ya que durante la Edad de Hielo se trataba de una zona seca habitada por distintos animales como mamuts, caballos y rinocerontes. La importancia del hallazgo no está sólo en ser el primer resto que se encuentra bajo el mar, sino que podría explicar las conductas migratorias que tuvieron las especies hace miles de años.
Por ejemplo, la zona del hallazgo pertenecía a una parada obligada que realizaban los ciervos en busca de alimento, época que era aprovechada por los neandertales para cazar y sobrevivir en la temporada.
Aseguran que el alcohol se demora seis minutos en afectar el cerebro
Investigadores de la Universidad de Heidelberg de Alemania demostraron -por primera vez- los rápidos cambios que genera el alcohol en las células del cerebro humano.
Según los resultados de sus análisis obtenidos mediante el uso de espectroscopia por resonancia magnética, el alcohol sólo se demora seis minutos en llegar al cerebro, después de haber ingerido una cantidad equivalente a tres vasos de cerveza o dos de vino (tasa de alcohol en la sangre entre 0,5 y 0,6 por ciento, nivel que deteriora la capacidad para conducir, pero no provoca intoxicación grave).
"Las sustancias químicas que normalmente protegen las células del cerebro, se reducen mientras la concentración de alcohol aumenta", según indicó el doctor Armin Biller, neurólogo del Hospital de Heidelberg.
Otro dato interesante, es que el estudio demostró que los cerebros de los hombres y mujeres reaccionaron de la misma manera ante el consumo de alcohol.
Sin embargo, con la misma rapidez con que el alcohol llega a la sangre, se va, pues según los análisis de los investigadores, al día siguiente de los cambios evidenciados en los metabolitos cerebrales, éstos resultaron reversibles, según indica el sitilo Telegraph.
A pesar de esta capacidad de recuperación en personas sanas y que han consumido dosis moderadas de alcohol, "la habilidad del cerebro para recuperarse del efecto del alcohol decrece o queda neutralizado a medida que el consumo de alcohol aumenta".
El ensayo -publicado en la revista Journal of Cerebral Blood Flow and Metabolism-, es el primero que se realiza en humanos, pues todos los datos anteriores sólo habían sido aplicados en animales.
Japón desarrolla receptor de ondas para radiotelescopio ALMA.
Un grupo de investigadores japoneses ha desarrollado un dispositivo capaz de detectar las ondas especiales de radio que emiten los cuerpos celestes y que será incorporado al mayor radiotelescopio del mundo, el ALMA, situado en Chile.
Según la cadena de televisión pública japonesa NHK, este equipo de expertos del Observatorio Nacional de Astronomía nipón espera que el nuevo dispositivo sirva para revelar más información para detectar moléculas orgánicas extraterrestres.
El aparato es capaz de capturar ondas submilimétricas, que tienen mayor longitud que los rayos infrarrojos y que sirven para la observación de varios objetos presentes en el universo.
NORTE DE CHILE
El nuevo receptor será instalado en el mayor radiotelescopio del mundo, ALMA, que se está construyendo en una plataforma situada a 5.000 metros sobre el nivel del mar en Chile.
Este enorme telescopio, que consiste en una red de más de 60 antenas parabólicas, podrá detectar una moneda a una distancia de hasta 500 kilómetros, una vez sea equipado con el nuevo receptor de ondas japonés.
En el proyecto del Atacama Large Millimeter/submillimeter Array (ALMA), ubicado cerca de la localidad de San Pedro de Atacama, en el norte de Chile, participan países como Japón, EEUU y varios europeos.
Según el profesor japonés asociado del observatorio astronómico, Satoru Iguchi, citado por la NHK, las investigaciones que se lleven a cabo con ALMA permitirán analizar cuestiones cósmicas antes invisibles para los humanos que ayudarán a resolver el misterio del origen de la vida.
El Atlántico almacena más CO2 de origen humano de lo estimado
Fuente:latercera.com/wikipedia.
El océano Atlántico almacena un 13 por ciento más de dióxido de carbono antropogénico (el generado por la actividad humana) de lo que se pensaba hasta la fecha, según las conclusiones de un estudio internacional.
El estudio desarrollado por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) de España junto a investigadores franceses, estadounidenses y noruegos, fue publicado en Biogeosciences.
Los investigadores concluyen que la cantidad de CO2 antropogénico presente en el Atlántico es de 54 gigatoneladas, en lugar de las 47 estimadas en base a la medición de finales del siglo XX (cada gigatonelada son 1.015 gramos).
El estudio tiene como objetivo evaluar las fuentes y sumideros de carbono antropogénico en el océano desde 1800 (época en la que comienza la revolución industrial), y estimar qué podría pasar en un futuro.
La investigación en el Atlántico es sustancial por su papel en la circulación oceánica global y por ser el océano que almacena mayor cantidad de CO2 respecto a su volumen total.
"Conocer la cantidad de carbono antropogénico presente en los océanos es importante porque nos permite estimar cuánto más podría almacenar o cuánto tendríamos que reducir las emisiones de CO2 para minimizar el impacto antrópico y que no se produzcan efectos irreversibles no deseables a medio o largo plazo", según el CSIC.
QUE ES EL CARBONO ANTROPOGENICO
El carbono antropogénico es todo aquel dióxido de carbono generado por la actividad humana: quema de combustibles fósiles, deforestación o cambios en el uso del suelo de forestal a agrícola.
Parte de esta sustancia que se emite a la atmósfera es más tarde "secuestrada" por las plantas mediante la fotosíntesis, pero también por el océano.
Sin embargo, según Marcos Vázquez, del Instituto de Investigaciones Marinas de Vigo, "las conclusiones son extrapolables a cualquier otro océano del mundo, por lo que la cantidad global de carbono almacenada podría ser mayor de lo estimado hasta el momento".
METODOS DE ESTUDIO
Para estimar la cantidad de CO2 antropogénico, se han aplicado cinco métodos, cuatro de ellos basados en medidas de CO2 disuelto, salinidad, temperatura, nutrientes y alcalinidad en el agua del mar.
El quinto se basa en estimaciones a partir de la presencia de cloroflurocarbonos de uso industrial en el océano.
Se espera que el análisis y comparación de los resultados sirva para detectar las carencias de cada método y mejorarlos.
"Existe un intercambio contínuo de captación y emisión de dióxido de carbono entre el océano y la atmósfera", y "a escala global el océano capta más CO2 del que emite", puntualizó Vázquez.
El proceso tiene un "potencial mitigador" frente a los efectos del cambio climático, como el calentamiento global, aunque también produce "efectos no deseados", como la disminución del pH del agua, lo que se conoce como acidificación de los océanos.
Este fenómeno causa alteraciones, por ejemplo, en la reproducción de moluscos.
La cantidad de carbono acumulada en todo el océano desde 1800 hasta nuestros días es de 147,5 gigatoneladas.
En las últimas tres décadas, la cantidad se ha incrementado 2 gigatoneladas por año.
domingo, 14 de junio de 2009
Kilométricas dunas de Japón son amenazadas por la maleza.
Fuente: EFE/latercera.com
Las kilométricas dunas de arena de Tottori, las más extensas de Japón, se ven acorraladas desde hace décadas por la vegetación salvaje, que amenaza su especial ecosistema y motiva iniciativas para su protección.
Kayoko Tanaka, de 44 años, es una de las voluntarias que participan, principalmente en julio y agosto, en las actividades de limpieza y conservación de estas dunas.
"Empecé a colaborar porque asistí a una conferencia sobre Tottori donde nos explicaron que en estas dunas, antiguamente, había casas y me dio mucha pena que este sitio esté en peligro y que pueda desaparecer", explicó Tanaka.
Las dunas de Tottori, nutridas de arena volcánica, se extienden en una superficie de 16 kilómetros de longitud y dos de ancho, formando un paisaje junto al Mar de Japón muy apreciado por escritores y fotógrafos.
Situadas en la provincia de Tottori (oeste de Japón), existen desde hace unos 100.000 años por la sedimentación de roca y cenizas volcánicas procedentes, entre otros, del volcán Daisen (1.711 metros), que hace entre 20.000 y 50.000 años estuvo en erupción.
Así, las cenizas y los trozos de roca descendieron por el río Sendai hasta la orilla del mar, donde quedaron sedimentadas con el paso de los años y tomaron forma con el roce de las olas y el viento.
MEDIDAS DE PROTECCION
Preocupado por las malas hierbas que surgieron cerca de las dunas hacia 1970, el gobierno de la provincia de Tottori impulsó en 1990 iniciativas para mejorar la zona y conservar la imagen de unas dunas, originalmente compuestas sólo de arena.
También se instalaron barreras para proteger las dunas de los tsunamis, se descargaron camiones de arena para mantener el tamaño de las mismas y, desde 2002, grupos de voluntarios colaboran en tareas de limpieza, trabajo que aumenta día a día.
La función de estos grupos, que a veces integran hasta 400 personas, es retirar la maleza y cuidar parte de la vegetación, como la flor violeta que crece en la arena y que "es muy bonita y diferente a la de la ciudad", indica Tanaka.
Numerosos postes de madera, instalados a lo largo de la playa, permiten medir los cambios experimentados en el nivel de arena, que entre 1947 y 2003 se redujo 39,65 metros.
No obstante, todavía se pueden divisar desde el Centro de Observación cuencas de hasta 40 metros de profundidad y colinas de casi 50 metros de altura, según el viento y las corrientes marinas.
TURISMO
Para los locales, las dunas de Tottori son un importante patrimonio pues atraen a 1,64 millones de turistas cada año, gracias en parte a la zona designada después de la II Guerra Mundial parque natural (SanIn Kaigan) y a su oferta de ocio.
Paseos en camello o carros de caballos y deportes de aventura como parapente o esquí sobre arena son algunas de esas posibilidades en esta zona de Japón, donde además se puede degustar, como aperitivo, los apreciados cangrejos Matsuba.
La belleza de estas dunas fue fuente de inspiración para el fotógrafo japonés Shoji Ueda (1913-2000), que retrata a personajes y objetos en ese ecosistema.
También la obra del escritor japonés Kobo Abe, quien visitó este lugar, incluye referencias a Tottori en su novela "Mujer en las dunas", publicada en 1962 y llevada dos años después al cine por Hiroshi Teshigahara.
La visita masiva de turistas a esta zona de Japón da pie a la celebración de un festival de esculturas de arena muy cerca de las dunas, en el que este año participaron diez países, entre ellos España.
Para la competición hicieron falta 2.700 toneladas de arena, que poco a poco fueron tomando la forma de un castillo medieval o de personajes como Gulliver, la Cenicienta y Don Quijote de la Mancha.
Los artistas trabajaron durante dos semanas y, tras la victoria en el concurso de la escultura de Holanda, las obras quedaron expuestas durante varios meses para las miles de personas que visitan el complejo cada año.
Descubren por qué las nanopartículas dañarían los pulmones Las nanopartículas se emplean en productos deportivos, cosméticos, neumáticos y electrónico
Investigadores en China parecen haber descubierto cómo las nanopartículas, usadas en medicina para diagnóstico y administración de fármacos, provocarían daño en los pulmones.
La nanotecnología, o ciencia de lo extremadamente diminuto, es una industria importante. Un nanómetro es una mil millonésima parte de un metro.
Aparte de sus aplicaciones médicas, las nanopartículas se emplean en productos deportivos, cosméticos, neumáticos y electrónicos y tienen proyectado un mercado anual de alrededor de 1 billón de dólares para el 2015.
No obstante, está creciendo la preocupación de que la nanotecnología pueda tener efectos tóxicos, particularmente sobre los pulmones. Pero nunca ha quedado claro cómo se produce el daño.
En un artículo publicado en Journal of Molecular Cell Biology, los expertos chinos indicaron que una clase de nanopartículas usadas en medicina, llamadas PAMAM, causarían daño pulmonar al impulsar un tipo de deceso programado de las células conocido como muerte celular por autofagia.
En experimentos, los científicos observaron cómo varios tipos de PAMAM causaban la muerte de células pulmonares humanas, pero no hallaron evidencia de que estuviesen muriendo por apoptosis, un tipo natural y común de deceso celular.
En estudios subsecuentes con ratones, los científicos inyectaron un inhibidor de la autofagia en esos animales y después los expusieron a nanopartículas y hallaron que la sustancia inhibidora "aliviaba significativamente el daño pulmonar y mejoraba las tasas de supervivencia".
"Esto nos brinda un indicio alentador para desarrollar estrategias para prevenir el daño en los pulmones causado por las nanopartículas", dijo el director del equipo, Chengyu Jiang, biólogo molecular de la Academia China de Ciencias Médicas, en Pekín.
Los especialistas esperan que las nanopartículas puedan mejorar la efectividad de los medicamentos y la terapia con genes, al dirigirlos a los lugares correctos del cuerpo y apuntar a tejidos específicos, regulando la emisión de fármacos y reduciendo el perjuicio a los tejidos sanos.
viernes, 12 de junio de 2009
Estudio afirma que las mujeres bellas atontan a los hombres
Las mujeres bellas atontan a los hombres, al menos temporalmente, según un estudio de la Universidad de Radboud, en la ciudad holandesa de Nimega.
Los expertos observaron el rendimiento intelectual de estudiantes varones poco después de tener contacto con compañeras especialmente atractivas. Y llegaron a la conclusión de que poco después de un encuentro con una bella mujer, un hombre no piensa con claridad. Entre las mujeres en cambio no tuvo ese efecto encontrarse con un hombre guapo.
Ello podría explicar por qué los hombres tienen un rendimiento menor que las mujeres en las casas de altos estudios, según el psicólogo social Johan Karremans, que dirige el estudio presentado hoy con 50 estudiantes varones y 60 mujeres. Los grupos debían charlar entre ellos y a continuación hacer una serie de pruebas.
Los hombres que tenían contacto con mujeres especialmente atractivas estaban "muy ocupados por la impresión que daban", lo que seguramente afectó su rendimiento intelectual.
Las mujeres participantes no se veían impactadas en cambio en su capacidad de racionamiento al estar con hombre atractivos, publica Karremans en el diario universitario Vox.
jueves, 11 de junio de 2009
China reanuda las excavaciones de los Guerreros de Terracota
Veinticuatro años después, los arqueólogos chinos reanudarán el próximo sábado las excavaciones en la zona de los Guerreros de Terracota, cerca de la ciudad de Xian (provincia de Shaanxi, en el centro del país), informó la agencia oficial de noticias Xinhua.
La primera excavación comenzó en 1978 y finalizó en 1984, y en ella se encontraron 1.087 figuras claves. La segunda se llevo a cabo en 1985, pero se suspendió por razones técnicas.
"La excavación en la tercera fosa durará al menos un año", dijo Wu Yongqi, trabajador del museo.
Los especialistas esperan encontrar una figura clave que revele algunos de los misterios del Primer Emperador chino, Qin Shihuang, cuyo mausoleo, aún no abierto por los arqueólogos, se encuentra a unos dos kilómetros del museo de Terracota, en Xian.
"Esperamos encontrar alguna figura como 'el comandante' del enorme ejército subterráneo", señaló Liu Zhancheng, jefe del equipo de arqueólogos del museo.
Qin fue el primero en unificar los diversos reinos chinos tras siglos de guerra mutua, y gobernó ese imperio entre los años 221 y 210 a.C.
Según los historiadores estaba obsesionado con vivir eternamente y se hizo enterrar escoltado por un ejército de 8.000 soldados, músicos, concubinas, oficiales y escribas para que lo acompañara en la otra vida.
Su mausoleo fue descubierto por casualidad por unos campesinos en 1974 y se cree que tardó 38 años en ser construido por 720.000 esclavos.
Y es que los guerreros actuales son una parte del ejército que se modeló, pero el resto siguen enterrados en los alrededores del mausoleo, aunque los arqueólogos temen que desenterrarlos dañe irreversiblemente las estatuas.
Cuando el grupo de guerreros que ahora está a la vista de los turistas fue descubierto, en 1974, las estatuas estaban pintadas con vivos colores, pero éstos se volatilizaron en poco tiempo, por el contacto con el aire libre.
Según la prensa china, otro de los grandes retos en la nueva excavación para el equipo de arqueólogos es descubrir el éxito de décadas de preservación de los colores y el mantenimiento de las figuras que están intactas.
Primera sonda lunar japonesa concluye misión
El satélite controlado en forma remota, bautizado como la princesa Kaguya, un personaje tradicional, orbitó alrededor de la Luna para generar mapas de su superficie y estudiar la distribución de sus minerales y de sus niveles de gravedad. Se dejó caer de forma controlada sobre la superficie lunar, dijo en un comunicado la Agencia de Exploración Aeroespacial de Japón, o JAXA.
"La misión fue un éxito. Gracias a Kaguya, tendremos un mapa muy detallado de la superficie lunar", dijo el vocero de JAXA Shinichi Sobue. "La agencia espacial japonesa analizará los datos enviados por Kaguya y planea publicar los resultados en Internet en noviembre".
La misión espacial de 560 millones de dólares comenzó en septiembre del 2007 y es la más ambiciosa y de mayor alcance desde el programa estadounidense Apolo en los 60 y 70, dijo Sobue.
"Con los datos de Kaguya, esperamos conocer más sobre la evolución de la Luna", aseguró.
Japón lanzó otros dos satélites en busca de información, como parte del proyecto Kaguya. Uno alunizó en febrero, mientras que el otro sigue en órbita midiendo la gravedad alrededor de la Luna.
Japón lanzó su primer satélite en 1970 y ha logrado grandes hazañas científicas en el espacio, como cuando hizo que una sonda se encontrara con un asteroide. El cohete japonés H-2A es uno de los más avanzados y confiables del mundo.
Crean zapato con GPS para pacientes con Alzheimer
Esto, pues los pacientes con Alzheimer, pueden confundirse o desorientarse fácilmente, y es común que salgan de su casa y no puedan encontrar el camino de regreso.
El nuevo calzado puede ofrecer esperanza para el creciente número de personas con enfermedad de Alzheimer, que a nivel mundial suman 26 millones y cuyo pronóstico para el 2050 aumenta drásticamente a más de 100 millones de personas, según investigadores de la Johns Hopkins Bloomberg School of Health.
"Esto podría no sólo salvar vidas, sino potencialmente ahorrar millones a los gobiernos en operaciones de búsqueda y salvamento", indicó Andrew Carle, profesor de George Mason Universidad, asesor del proyecto, según indica el sitio de la CNN.
Este es un ejemplo más de cómo la tecnología ayuda a mejorar la calidad de vida de las personas y sobre todo de los adultos mayores para que puedan vivir de forma más independiente y cómoda, pues aunque ya se habían creado pulseras electrónicas para la muñeca y el tobillo, éstos eran voluminosos e incómodos.
El calzado se espera que esté listo a fines de este año, para luego comercializarlo en 2010.
Corea del Sur inaugura su primer centro espacial
El presidente surcoreano, Lee Myungbak, inauguró hoy el primer centro de lanzamientos espaciales del país asiático, desde donde prevé poner en órbita un satélite científico el próximo 30 de julio, informó la agencia local Yonhap.
El llamado Centro Espacial Naro, gestionado por la agencia espacial surcoreana (KARI), está situado al sur del país, en la provincia de Jeollanamdo, dispone de una superficie de 507 hectáreas y ha costado 178 millones de dólares.
El centro está equipado con una plataforma de lanzamiento e instalaciones de control y es la piedra angular del programa espacial surcoreano, que pretende ampliar el lanzamiento de cohetes e iniciar misiones de exploración espacial.
La primera misión importante que llevará a cabo el KARI desde el nuevo centro espacial será el lanzamiento del cohete KSLV1 (Korean Space Launch Vehicle1) con un pequeño satélite a bordo.
Esta primera versión del KSLV, que ha sido construida con ayuda rusa, será la primera fase de un desarrollo que, según el Gobierno de Corea del Sur, desembocará en el primer cohete cien por ciento surcoreano en menos de nueve años.
Según Corea del Sur, este lanzamiento les convertirá en la decimotercera nación que se une al llamado "club espacial", ya que contarán con un centro espacial y tendrán la capacidad de poner satélites en órbita.
El presidente surcoreano dijo en la ceremonia de inauguración que el centro espacial ayudará a mejorar la competitividad nacional y consideró que "no se pueden abandonar estos proyectos en tiempos de crisis económica".
Lee aseguró que Corea del Sur se convertirá en la séptima potencia en exploración espacial en la próxima década.
Otro de los proyectos del KARI será el lanzamiento de un vehículo no tripulado a la órbita lunar en 2020 y la construcción de una nave de alunizaje cinco años después.
Semillas emplean la misma estrategia que aves para volar
Así lo afirman científicos de la universidad holandesa de Wageningen y del Instituto de Tecnología de California (Caltech) en EEUU, que han desentrañado el misterio del lento vuelo giratorio de esta semilla, que le permite cubrir grandes distancias y colonizar nuevos terrenos.
El ingeniero aeroespacial holandés David Lentink y sus colegas descubrieron que el grano de arce "vuela" el doble que otras semillas porque al girar genera en la punta superior del ala una espiral de aire, similar al vórtice de un tornado, que frena su caída.
Esta espiral disminuye la presión del aire sobre la superficie de la semilla e impulsa el viento hacia arriba.
Para llegar a esa conclusión, el equipo de Lentink construyó un modelo de semilla controlado por un brazo robótico y midió el vórtice que produjo en un recipiente de aceite mineral.
Luego filmó auténticas semillas mientras giraban en un túnel de viento lleno de humo.
El truco es similar al empleado por insectos, murciélagos y colibríes cuando mueven las alas para sostenerse en un punto y demuestra que plantas y animales han recurrido a una misma solución aerodinámica para mejorar sus condiciones de vuelo, afirma el estudio.
"Las semillas de arce pueden ser el diseño más sencillo y básico para un helicóptero de miniatura si se puede adaptar un micromotor a esa ala giratoria", según Lentink.
Hasta ahora se ha logrado construir con éxito helicópteros de un solo motor con alas de una envergadura de un metro, pero nunca a escala de una semilla de arce.
"Hay un enorme interés en el desarrollo de microvehículos aéreos que por su tamaño deben funcionar con los mismos principios físicos empleados por mecanismos voladores pequeños y naturales como insectos y semillas de arce", señala el profesor de bioingeniería estadounidense Michael Dickinson, otro de los autores del estudio.
En su día la empresa Lockheed Martin intentó desarrollar pequeñas cámaras de este tipo que pudieran ser desplegadas en misiones de vigilancia, pero el proyecto fue abandonado.
"Este es aún un desafío para los futuros ingenieros aeroespaciales y nuestro estudio aerodinámico de las semillas de arce puede servir para diseñar con éxito los primeros helicópteros 'de arce'", dijo Lentink.
En los últimos cuatro años, Lentink ha construido microvehículos aéreos inspirados en sus investigaciones sobre el vuelo de insectos y pájaros.
Según los científicos, el hallazgo de que un vórtice en el borde superior potencia el vuelo de las semillas giratorias puede inspirar el diseño de paracaídas giratorios y microhelicópteros.
viernes, 8 de mayo de 2009
Step Brothers

Brennan Huff (Will Ferrell) tiene treinta y nueva años, vive con su madre, Nancy (Mary Steenburgen), y suele conseguir empleos esporádicos. Dale Doback (John C. Reilly), es un desempleado terminal de cuarenta años que vive con su padre, Robert (Richard Jenkins). Cuando la madre de Brennan y el padre de Dale se casan, los hombres se ven obligados a compartir casa. El narcisismo de ambos y su vagancia agresiva en seguida los llevan a una competitividad que pone en peligro el matrimonio de Nancy y Robert. Los dos niños grandes malcriados planearán una estrategia loca para que sus padres vuelvan juntos. Para lograrlo deberán formar una difícil alianza que a lo mejor, sólo a lo mejor, podría hacer que por fin se marchasen de casa.
(fuente:www.blogdecine.com)
Cast
Will Ferrell ... Brennan Huff
John C. Reilly ... Dale Doback
Mary Steenburgen ... Nancy Huff
Richard Jenkins ... Dr. Robert Doback
Adam Scott ... Derek Huff
Kathryn Hahn ... Alice Huff
Andrea Savage ... Denise
Lurie Poston ... Tommy Huff
Elizabeth Yozamp ... Tiffany Huff
TRIVIA.
* The fake testicles that Will Ferrell used were worth around $20,000 and presented to him as a wrap present.
* In Dale's bedroom there is a sign for Hugalo's Pizza, the same pizza place that 'Will Farrell' worked for in Talladega Nights: The Ballad of Ricky Bobby (2006).
* The song that Brennan sings with Dale is the the song which is "Por Ti Volare" which is featured as the opening song for Will Ferrell's movie Blades of Glory (2007). Will Ferrell is actually singing and John C. Reilly is actually playing drums.
* The name of the bully in the playground is Chris Gardocki, which is the same name as a NFL punter who played for the Chicago Bears, Indianapolis Colts, Cleveland Browns, and Pittsburgh Steelers.
* Mary Steenburgen played Will Ferrell's step mother in the Christmas film Elf (2003). In this film Mary plays Will's actual mother.
* Director Adam McKay states on the commentary that they originally went to the island of Catalina for location searches and discovered that he did not really like the island. They instead shot on the coast and during several shots, the island of Catalina can be seen. McKay chose not to have it digitally edited out as a joke.
* The song that Will Ferrell's character (Brennan Huff) sings during the Catalina Wine Mixer "Por Ti Volaire", can also be heard as the first song that Jon Heder's character (Jimmy MacElroy) in the film Blades of Glory (2007) skates to at the beginning while wearing the Peacock outfit. Will Ferrell was also in Blades of Glory as Chazz Michael Michaels.
miércoles, 29 de abril de 2009
Pineapple Express

A stoner and his dealer are forced to go on the run from the police after the pothead witnesses a cop commit a murder.
Cast.
Seth Rogen ... Dale Denton
James Franco ... Saul Silver
Danny McBride ... Red
Craig Robinson ... Matheson
Gary Cole ... Ted Jones
Rosie Perez ... Carol - Female Cop
Runtime:
111 min | USA:117 min (unrated version)
Trivia
Seth Rogen told the April 25 issue of Rolling Stone that the filmmakers originally wanted a budget of $50 million but was only able to secure $25 million due to the drug-heavy subject matter.
Seth Rogen originally wrote the part of Saul Silver for himself to play, it wasn't until the table read that he realized James Franco would be funnier in the role of Saul.
During a July 2008 interview with the Orange County Register about Pineapple Express, the interviewer told Seth Rogen and James Franco that he prepared for the interview by watching the classic stoner comedy Fast Times at Ridgemont High (1982) the night before. When he asked Rogen and Franco if they prepared likewise before making this film, Franco said he prepared by making out with Spicoli (a reference to his having shot Milk (2008/I), in which he and Sean Penn play lovers).
The red slurpee Saul spills over the windshield of the cop car was darkened in the trailer after it was discovered that audiences were mistaking it for blood.
Seth Rogen was a guest on "The Howard Stern Show" (1990) on August 11, 2008 and he told Howard Stern that he wrote the script in 2001. However since he was still relatively new it wasn't until his performances in The 40 Year Old Virgin (2005) and Knocked Up (2007) that the script was approved.
Saul's grandmother was not part of the original script. James Franco came up with the part, suggesting that it would be funny for his drug dealer character to have a Bubbie.
While filming the scene in which Saul runs into a tree, James Franco became overzealous and actually ran into the tree causing him to get three stitches.
Rosie Perez convinced the director, David Gordon Green to cut most of her dialogue out, telling him it would make her character's crooked side more effective.
The word "fuck" and its derivatives are said 180 times.
Shipped to some theaters under the title "Easy Job".
When James Franco smashes the bong over Danny McBride's head, it was supposed to be a fake, break-away bong so Danny McBride could take part in the stunt. However, it was filled with some water and when James Franco actually smashed it, Danny McBride was actually mildly hurt.
James Franco's line "It smells like God's Vagina," was actually originally improvised by Seth Rogen. James Franco told him it wasn't funny, then used the line in the next take.
When the police liaison looks up Dale's information his birthday is April 14th, 1982 while Seth Rogen's actual birthday is April 15th 1982.
The diner scene near the end of the film was not in the script. It was improvised on the spot by Seth Rogen, James Franco and Danny McBride.
Ted's illegal, subterranean pot-grow house is, ironically enough, the very underground silo from the film's prologue where marijuana was first declared criminal.
The Asians depicted in the movie are actually Koreans.
(Fuente: www.imdb.com)